Mostrando entradas con la etiqueta Mayo_1810. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Mayo_1810. Mostrar todas las entradas

martes, 1 de junio de 2021

Nuevas perspectivas en la Historia de la Revolución de Mayo II


La provisionalidad de los gobiernos centrales y la cuestión de la soberanía. En el transcurso de los 10 años que median entre la Revolución de Mayo (1810) y la caída del poder central (1820) se runieron dos asambleas con carácter constituyente (1813, 1816-1819). Sólo una de estas asambleas produjo un texto constitucional: el Congreso General Constituyente de las Provincias Unidas en Sud-América en 1819 que fue rechazado por las provincias debido a su carácter centralista. Los gobiernos revolucionarios que se sucedieron en esos años se constituyeron así en soluciones provisorias destinadas a durar hasta que se reuniera la asamblea constituyente que definiría y organizaría el nuevo Estado. De modo que la organización política del conjunto de los "pueblos" rioplatenses permaneció indefinida. Esta provisionalidad conllevaba una indefinición respecto a rasgos sustanciales; a saber: el de los fundamentos nacionales de los gobiernos centrales, los límites territoriales de su autoridad o sus atribuciones soberanas. Pero hubo un instrumento preconstitucional que fijó provisoriamente las bases para la organización del nuevo Estado, el Reglamento Provisorio para la Administración y Dirección del Estado del 3 de diciembre de 1817 y que tuvo considerable trascendencia en todo el territorio. Muchas de sus disposiciones permanecieron vigentes en los pueblos luego de la caída del poder central, en la medida en que no fueron reemplazadas por leyes o textos constitucionales propios. No obstante, si este proceso pudo haber sido considerado por los gobiernos centrales y sus aliados en el Interior como una primera etapa hacia la organización de un Estado unitario, el hecho es que en distintos momentos del proceso los pueblos oscilaron entre la simple autonomía, la unión a los gobiernos centrales y las propuestas confederales de Artigas. En la historiografía argentina se solía interpretar las expresiones autonómicas de los pueblos como resistencias de los partidarios del antiguo régimen contra los partidarios de un nuevo orden encarnado en los gobiernos revolucionarios. Otra interpretación vinculó esas expresiones con los efectos sociales de la guerra de independencia: los descontentos se habrían generado en todo el territorio del ex-Virreinato por los esfuerzos financieros exigidos desde Buenos Aires. Una tercera interpretación las ubicó como tempranas manifestaciones del federalismo. Más recientemente se ha llamado la atención sobre la necesidad de no confundir unitarismo con centralismo, luego de mostrar la existencia de tendencias a la unión de los pueblos del Interior con Buenos Aires, sin embargo opuestas a una administración centralizada. Pero lo que hoy comienza a despejarse es la cuestión del carácter de esas expresiones autonómicas y de su relación con los fracasados proyectos constitucionales. Pues desde el inicio de la Revolución, lo que tejió gran parte de la trama política del período fue la coexistencia conflictiva de soberanías de ciudades con gobiernos centrales que dirigieron sus acciones tendiendo a definir una única soberanía rioplatense. Así, una de las cuestiones que hoy se plantea es la de discernir, frente a una excesiva identificación de esas expresiones con formas federales, en qué medida la emergencia de la soberanía de los pueblos durante el proceso emancipador puede ser vinculada a una tradición, la del autogobierno de los pueblos, que las reformas borbónicas no habrían podido quebrar. Otra de las cuestiones, se vincula con la necesidad de comprender mejor el alcance y significado de las expresiones de defensa de los llamados "derechos de los pueblos". Bajo la defensa de esos derechos pudo caber tanto una declaración de independencia provisional del gobierno central en un momento de crisis como una manifestación de unión con Buenos Aires. Representación política La cuestión de la soberanía se vinculó asimismo con otro rasgo sustancial de la vida política de los meses posteriores a la Revolución: las prácticas representativas inauguradas por el nuevo poder. Por primera vez los habitantes del Río de la Plata empezaron a ser periódicamente convocados para elegir juntas gubernativas, diputados constituyentes, gobernadores y miembros de cabildos. Surgió así un espacio de actividad propiamente política, inexistente en la sociedad colonial, donde la política no aparecía como actividad diferenciada de la sociedad. Sin embargo, las nuevas formas representativas comenzaron rigiéndose por aquellas desarrolladas en España en ocasión de la convocatoria a diputados para las Cortes españolas de 1809. Durante la primera década revolucionaria todo el sistema de representación se encontraba así regido por la ciudad, y dentro de ésta limitado a la porción de habitantes que eran considerados vecinos según la tradición hispánica. La definición moderna del concepto de ciudadano, como en el Estatuto de 1815 y se ajustó al principio de la soberanía popular y de la igualdad ante la ley. El Estatuto incorporó asimismo la representación de la campaña. Pero para la elección de diputados al Congreso de 1816, sólo excepcionalmente se realizaron elecciones en las campañas de las ciudades. Otro rasgo característico de este período (y de los que le seguirán hasta el acuerdo de San Nicolás de 1852) es el mandato imperativo, figura tomada del derecho privado castellano, en virtud de la cual los representantes electos eran apoderados de sus electores y debían limitar su actuación a las instrucciones que les eran dadas. De esta forma, entre 1810 y 1820, en Buenos Aires coexistieron conflictivamente el Cabildo y los gobiernos centrales, dos ámbitos políticos de distinta naturaleza por su origen y por sus funciones. Sólo a partir de 1820, cuando el nuevo Estado provincial genere dos ámbitos de poder, el gobierno provincial, con su Junta de Representantes, y el Cabildo, se producirá una superposición de jurisdicción que llevará a la supresión del Cabildo; proceso que con variantes propias se llevó también a cabo en las demás provincias. El legado de la Revolución Con los términos "barbarización del estilo político", "militarización" y "ruralización" Tulio Halperín Donghi había puesto de relieve los efectos de la Revolución y la guerra de la independencia sobre las bases sociales del poder y el equilibrio social preexistente. En el interior mismo de la elite había observado un avance de la brutalidad en aquellos que participaron de la escuela administrativa y militar del poder revolucionario. Pero el cambio más notable se vinculó al poder cada vez más amplio que la coyuntura guerrera había conferido a las autoridades locales -militares, policiales y judiciales- encargadas de canalizar los recursos humanos y económicos de las zonas rurales. Sin embargo, a pesar del ascenso político de caudillos rurales, las modificaciones en el equilibrio del poder fueron más internas que exteriores al grupo dirigente. Pues los gobiernos centrales no dejaron de aconsejar a sus delegados en el Interior, la necesidad de reducir al mínimo las tensiones sociales con el fin de mantener el equilibrio interno de los sectores altos preservando la unidad de las familias. Ahora bien, estas familias integraban sociedades locales que se incorporaron al proceso revolucionario reclamando parte de la soberanía antes depositada en el monarca. Al mismo tiempo, los gobiernos centrales y las asambleas constituyentes promovieron proyectos político-estatales de unidad mayor pero que no lograron plasmarse. De allí deriva el carácter provisional que los pueblos acordaban a los gobiernos centrales y las relaciones por momentos muy conflictivas que mantuvieron con ellos, mientras manifestaban su deseo de unión pero bajo formas que pudieron ir desde la simple alianza, la unión confederal hasta el Estado unitario. Y una prueba más de ello fue el caótico y conflictivo proceso de definición de una identidad colectiva luego de la crisis de la monárquica ibérica y del consiguiente vacío de poder en el que desembocó el Río de la Plata en 1810. La tendencia a definir una identidad política "nacional" coexistió así durante el período con otras que las precedieron: la hispanoamericana y la local. Aquí residiría entonces una de las claves más importantes para entender porqué, desaparecido el poder central en 1820, los esfuerzos de reorganización estatal se concentraron en lo que permaneció como el ámbito más real de unidad socio-política: la provincia. En suma, las nuevas miradas aquí esbozadas, pretenden alcanzar, más allá del atractivo e influjo personal de los caudillos, una mejor comprensión de procesos que bajo la denominación de ''anarquía'' o ''barbarie'' fueron olvidados o permanecieron deformados en la memoria histórica de los argentinos. Por: Goldman, Noemi Para la redacción de esta conferencia la autora utilizó parte del material publicado en: Revolución, República, Confederación (1806-1852), Tomo 3 de la Nueva Historia Argentina, Editorial Sudamericana, 1998. Fecha de aparición: junio de 1999.

domingo, 20 de mayo de 2012

Bicentenario y Tradicionalismo

Conocer y festejar los acontecimientos fundamentales de la historia patria es un honroso deber de justicia con nuestros antepasados y una grave responsabilidad respecto de las nuevas generaciones. Por eso es importante saber qué es lo que celebramos en esta jornada cívica. Hay quienes han enseñado que los hechos del Año X fueron una copia de la Revolución Francesa – laicista y regicida -, una rebelión contra la Tradición religiosa y cultural heredada de España o un acto cómplice con las pretensiones colonialistas de Gran Bretaña. Lo cual complica el explicar un acontecimiento como este a hermanos españoles, con quienes compartimos los mismos ideales. Sin embargo, la buena voluntad de ambas partes puede ayudar a un diálogo fecundo, partiendo aquellos principios que nos unen: la fidelidad a la Religión Católica y a la Tradición de las Españas. Como punto de partida dejemos centrado que existieron cuatro tendencias en torno a la Revolución de Mayo: dos impulsoras de la misma y dos contrarias. De las impulsoras, una fue de tendencia tradicionalista (Saavedra) y otra liberal (Mariano Moreno). De las contrarias, una fue igualmente tradicionalista (Abascal, Liniers, Elío) y otra liberal (Consejo de Regencia y Cortes de Cádiz). Las razones por las que adherimos a la Revolución de Mayo en su tendencia tradicionalista encabezada por Don Cornelio Saavedra (Presidente de la llamada Primera Junta) es el objeto principal de estas líneas. Pero los principios religiosos y políticos de los que partimos nos hacen mirar con comprensión, simpatía y respeto la reacción contraria de Liniers, así como nos llevan a rechazar el “Mayo de Mariano Moreno” como el “Anti Mayo” del Consejo de Regencia y de las Cortes de Cádiz.
Como cualquier hecho histórico, la Revolución de Mayo obedeció a múltiples factores que no es posible reseñar en estos momentos. Es cierto que minorías iluministas y agentes ingleses quisieron aprovechar para oscuros propósitos la instalación de la Primera Junta, como lo hacían simultáneamente con los heroicos defensores de la Independencia española que combatían a Napoleón. Pero fue precisamente el Presidente de dicha Junta (principal protagonista de la gesta), quien se encargó de dejar bien sentado los alcances de la Revolución. Don Cornelio Saavedra, que de él estamos hablando, había dicho al Virrey Cisneros que “no queremos seguir la suerte de España ni ser dominados por los franceses, hemos resuelto reasumir nuestros derechos y conservarnos por nosotros mismos”. En efecto, como consecuencia de la Conferencia de Bayona en 1808, Carlos IV y Fernando VII habían entregado España y los reinos americanos al despotismo de José Bonaparte, facilitando además la invasión napoleónica. Sin embargo, tanto en la Península como en el Nuevo Mundo, los pueblos – suponiendo que Fernando había actuado bajo presión – formaron Juntas a su nombre – “Por Dios, por la Patria y el Rey” como se decía - para resistir a los franceses. La Junta Central de Sevilla se atribuyó por aquel entonces el gobierno de América, aunque no tenía títulos legítimos para pretender nuestra obediencia, ya que las Indias eran autónomas y sólo al Rey debían fidelidad (como había dispuesto en 1519 el Emperador Carlos V). En realidad, dicha autonomía ya venía siendo atropellada por los Borbones desde su llegada a la Corona en 1713, y los americanos temían que las autoridades peninsulares y quienes a ellas respondían – como el Virrey Cisneros en Buenos Aires o el Gobernador Elío en Montevideo - siguieran cercenando nuestros fueros o negociando la libertad americana frente a Napoleón, los ingleses o los portugueses. Por eso, cuando en mayo de 1810 se supo en el Río de la Plata que aquel organismo – la Junta Central - había desaparecido, y que toda España – excepto la Isla de León – estaba ocupada por los ejércitos del Gran Corso, los vecinos principales de Buenos Aires presionaron para deponer al Virrey y lograr el autogobierno. Así formamos el Primer Gobierno Patrio, sin romper los vínculos con Fernando VII (uno de los que votaron por la destitución del Virrey, el célebre Padre Chorroarín emitió su voto diciendo que lo hacía “Por Dios, por la Patria y por el Rey”), en la esperanza de que vuelto al Trono respetara nuestra libertad, aunque preparándonos también para la Independencia si España se perdía definitivamente en manos de Napoleón o si Fernando regresaba como monarca absoluto y centralista.
El primer gobierno patrio fue pues, un acto de fidelidad heroica a un Rey que no merecía ya nuestro vasallaje, a la vez que una medida prudente para preparar la posible independencia. Autonomía respecto de la España peninsular, defensa frente a Napoleón y fidelidad a los valores de la Tradición, esos fueron los móviles de la Revolución de Mayo en protagonistas como Don Cornelio Saavedra o el Padre Chorroarín y en la interpretación posterior de otros patriotas que tuvieron relevancia tanto en aquellos hechos como en la Declaración de la Independencia. Me refiero a próceres de pensamiento tradicional y católico como Don Tomás Manuel de Anchorena o el Padre Castañeda .
Quienes quisieron desviar la Revolución de Mayo de ese camino, como Moreno o Castelli – instaurando un terrorismo jacobino, propiciando o tolerando el libertinaje y la impiedad religiosa, negando los derechos de las provincias, cediendo a las pretensiones británicas – fueron apartados sin contemplaciones. Es lo que se desprende del epistolario de Don Cornelio Saavedra. En carta a Chiclana del 15 de enero de 1811, decía el Presidente de la Primera Junta: “El sistema robesperriano que se quería adoptar (…), la imitación de revolución francesa que intentaba tener por modelo gracias a Dios que han desaparecido (…). Los pueblos deben comprender ya que la Ley y la Justicia son únicamente las reglas que dominan: que las pasiones, los odios y particulares intereses eran (…) diametralmente opuestas al ejercicio de las virtudes”. Por su parte, en carta a Viamonte del 17 de junio de 1811 sostenía: “¿Consiste la felicidad general en adoptar la más grosera e impolítica democracia?”- es decir, no una sana aplicación del “principio democrático”, sino una democracia relativista y demagógica – “¿Consiste en que los hombres hagan impunemente lo que su capricho o ambición les sugiere? ¿Consiste en atropellar a todo europeo, apoderarse de sus bienes, matarlo, acabarlo y exterminarlo? ¿Consiste en llevar adelante el sistema de terror que principió a asomar? “– como sucedió con el fusilamiento de Liniers o las tropelías cometidas por los hombres de Castelli en el Alto Perú- “¿Consiste en la libertad de religión?”, es decir en el indiferentismo y el secularismo. “ Si en eso consiste la felicidad general, desde luego confieso que ni la actual Junta provisoria, ni su presidente tratan de ella; y lo que más añado que tampoco tratarán mientras les dure el mando”.
La Revolución de Mayo desembocó finalmente – luego de seis difíciles años – en la Declaración de la Independencia. Fueron la religión, el orden, la justicia, la tradición, las libertades concretas, los valores que presidieron a los más esclarecidos de nuestros patriotas. No el laicismo, el igualitarismo, el espíritu revolucionario o las “libertades de perdición”, como llamarían los Papas del siglo XIX a los falsos derechos surgidos de las revoluciones liberales – y que encandilaban a la facción “ilustrada” del bando patriota-. Con justa razón afirmaba en 1819 el Padre Castañeda – uno de los líderes de nuestra Independencia –: “no nos emancipemos con deshonor como rebeldes, forajidos y ladrones, sino con el honor correspondiente a los que hemos sido hijos y vasallos de la corona. Motivos hay muy justos para separarnos, sobran las razones para la emancipación: la ley natural, el derecho de gentes, la política, y la circunstancias todas nos favorecen (…) La piadosa América cuando determina emanciparse no es sino para renovar su juventud como la del águila, (…) para ser el emporio de la virtud, el templo de la justicia, el centro de la religión y el ´non plus ultra´ de la hidalguía, de la nobleza, de la generosidad y de todas las virtudes cívicas”.
Es nuestro deber como cristianos y como argentinos no dejar que nos falsifiquen la historia, que nos roben la memoria colectiva, que nos oculten el ejemplo de nuestros arquetipos. Los Padres de la Patria independiente nos han marcado el camino. Forjar una Nación justa, una Nación libre, una Nación cristiana., fieles a los principios de la Hispanidad Tenemos fueros limpios. Seamos fieles a esa herencia

Por: Fernando Romero Moreno. Profesor Superior Universitario en Abogacía UCA. Revista “Ahora Información” (Comunión Tradicionalista Carlista), Nº 105, Julio- Agosto de 2010, “Bicentenario de Mayo: explicación desde el otro lado del Océano”

sábado, 10 de septiembre de 2011

Revolucion de Mayo en facebook

Gracias a este inspirado equipo, tendre urgentemente que replantearme mis prácticas educativas. Vale la pena intentarlo.

miércoles, 25 de mayo de 2011

Revolución democrática

La existencia de distintas interpretaciones sobre la Revolución de Mayo obedece a que: "la historia es la política pasada, y la política la historia presente"1. La corriente historiográfica del revisionismo latinoamericano se basa en la visión de Alberdi, para quien "la revolución de Mayo es un capítulo de la revolución hispanoamericana, así como esta lo es de la española y esta, a su vez, de la revolución europea que tenía por fecha liminar el 14 de julio de 1789 en Francia"2.
El 2 de mayo de 1808 el pueblo español dio inicio a una revolución nacional, en tanto se originó por rechazo al invasor francés, pero en su mismo desarrollo fue tornándose democrática pues si luchaba por la expulsión de los franceses, no buscaba restaurar el Antiguo Régimen sino concretar los ideales de libertad, igualdad y fraternidad; Pero hacia fines de 1809 y comienzos de 1810, los liberales revolucionarios en España comienzan a ser desplazadas por el Consejo de Regencia, donde priman las posturas absolutistas. Se extiende la sensación de que la Península está perdida, lo que origina que muchos militares abandonen España con el propósito de continuar la misma lucha en América (San Martín por ejemplo). Ante esta situación, en América entre 1809 y 1811 estallan revoluciones como una prolongación de la revolución acorralada en España, se forman Juntas que desplazan a los virreyes y juran fidelidad a Fernando VII, pues guardaban en él la misma esperanza que los juntistas peninsulares: Chuquisaca, La Paz y Quito en 1809, Caracas, Buenos Aires, Bogotá, México y Chile en 1810, y la Banda Oriental en 1811. De este modo asoma el carácter latinoamericano, democrático y antiabsolutista de la Revolución de Mayo.
Es decir que aquí la revolución fue inicialmente democrática, acompañando el proceso español, y luego, una vez que Fernando VII vuelve al poder en 1814 tras la caída de Napoleón y emprende una política absolutista que persigue a los liberales, la revolución se tornará independentista como única manera de conservar y profundizar las conquistas democráticas. Por eso el desplazamiento del virrey es en 1810 y la independencia 6 años más tarde.
Los actores sociales que se enfrentan en los sucesos de Mayo se dividen en dos grandes frentes, uno partidario del absolutismo y el otro heredero del "evangelio de los derechos del hombre". El frente absolutista estaba conformado por la burocracia virreinal, las familias ligadas al monopolio comercial y la cúpula eclesiástica. En el frente democrático se encontraba la pequeña burguesía revolucionaria liderada por Castelli, Moreno y Belgrano -y que cuenta con el apoyo de los activistas conducidos por French y Beruti (los "chisperos")-, las fuerzas armadas expresadas en Saavedra, y la burguesía comercial nacida al calor del contrabando y del libre comercio sancionado en 1809 (con un sector nativo y un sector inglés) cuyos exponentes políticos eran Rivadavia y Manuel García. La historia oficial está escrita desde la óptica de este último sector -profundamente probritánico y que tenía en el libre comercio su razón de ser- que se apropiará de la revolución después de la caída de Moreno y especialmente con el Primer Triunvirato.3
Durante la lucha contra el absolutismo, la disputa al interior del frente revolucionario va a estar dada por la conducción del mismo. Desde el comienzo se perfilan lo que Scalabrini Ortiz denominó "las dos rutas de Mayo": una liderada por Moreno y la otra por Rivadavia", y estos dos caminos o proyectos se enfrentarán a lo largo de nuestra historia. Los primeros meses estuvieron hegemonizados por el morenismo, momento en el que se intentó implementar el programa de la Revolución: el "Plan de Operaciones" redactado por el secretario de la Junta. Moreno va a plantear por primera vez un problema que atraviesa toda nuestra historia: ante la ausencia de una burguesía nacional, es el Estado el que debe ocupar el rol unificador y ser el motor del desarrollo económico. Así propone medidas avanzadas, como la expropiación de los mineros del Alto Perú, la protección de las producciones locales, la restricción de las importaciones (en especial las lujosas, a las que califica de "vicio corrompido") y la distribución del ingreso, pues la riqueza en pocas manos es como "el agua estancada".

1 JAURETCHE, A., Política nacional y revisionismo histórico, Buenos Aires, Peña Lillo, 1959, p. 53.
2 ALBERDI, J. B., Grandes y pequeños hombres del Plata, citado en GALASSO, N., La Revolución de Mayo y Mariano Moreno, (“Cuadernos para la Otra Historia”, nº4), Buenos Aires, Centro Cultural E. S. Discépolo, 2000, p. 11.
3 Véase en GALASSO, N., La Revolución de Mayo, op. cit. p. 15.

Tomado de una producción de Talleres, del Centro Cultural Enrique Santos Discépolo

sábado, 9 de octubre de 2010

Te Deum

Los sucesos de mayo establecieron al tedeum como forma de agradecer la resolución incruenta de la Revolución. En el primero, se jugó el antagonismo del gobierno patrio con el obispo Benito de Lué y Riega. Habiéndose establecido el 3 de junio como fecha para la acción de gracias, el obispo convenció a la Junta de reañizalo el 30 de mayo, para conmemorar además el cumpleaños del rey Fernando VII.
El bando que invitaba para la celebración el miércoles 30 de mayo, resaltaba que era "en acción de gracias por la instalación de la Junta y terminación feliz que han tenido las agitaciones de este pueblo, causadas por los desgraciados sucesos en la Península".
El día previo, las autoridades advertían al obispoque: "Debiendo concurrir mañana esta Junta a la misa de gracias que se ha de celebrar en esa Santa Iglesia Catedral, espera en la función la solemnidad correspondiente al doble objeto de celebrar el nacimiento de nuestro augusto monarca y la instalación del gobierno provisional que lo representa; como igualmente que Vuestra Señoría Ilustrísima ordene salgan un dignidad y un canónigo a cumplimentar y recibir a la Junta".
En sus Memorias curiosas, Juan Manuel Berutti recordó: "Se hizo una solemne función en la catedral y se cantó el tedeum en acción de gracias a la instalación de la Junta; pontificó el Obispo y dijo el sermón el doctor don Diego Zavaleta, habiendo ocupado la Junta el lugar preeminente donde presidían los señores virreyes". Concurrió el depuesto virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros, y el obispo De Lué y Riega cumplió con el pedido de la Junta de hacer una importante ceremonia, pero no otorgó una mayor bienvenida a las autoridades.
En 1811, otro bando de las autoridades estableció definitivamente al 25 de mayo como fecha para celebrar el tedeum: "Aproximándose el aniversario de los faustos días 24 y 25 del presente, tan remarcables en la América, principalmente en esta capital, como época de libertad civil, ha dispuesto la Junta solemnizarlos de un modo público, correspondiente a la dignidad de su representación", se ordenó, además agregaba que: "El principal monumento de tan augusta y grata memoria debe erigirse a los pies del santuario por su declarada protección a estas provincias, aquel respetuoso y profundo reconocimiento que en tales casos inspira la sagrada religión".

domingo, 3 de octubre de 2010

30 de mayo de 1810

La noticia de la Revolución llegó oficialmente a Montevideo el 30 de mayo de 1810. Se convocó a un cabildo abierto que se reunió el 1 de junio y se resolvió privilegiar la unión a la Capital y reconocer a la nueva Junta, a la seguridad del territorio y conservación de los derechos de Fernando VII. Al día siguiente, la asamblea se desdijo y condicionó su apoyo a que la Junta se sometiese al Consejo de Regencia de Cádiz. Ante esto, los porteños optaron por enviar a Juan José Paso a Montevideo en misión conciliadora. Recibido el 8 por la asamblea, sólo obtuvo una rotunda declaración de no reconocimiento. Quedó así planteada una situación que se resolvería por las armas en 1814. En los años intermedios la situación se complicó por los intentos portugueses para apoderarse de la Banda Oriental. Y el 4 de marzo de 1812 - pocos días antes de la llegada de San Martín- la artillería de ocho buques de guerra montevideanos bombardeaba a Buenos Aires, sin mayores resultados.

Fuente: www.todo-argentina.net

sábado, 2 de octubre de 2010

El 25 de mayo, una jarana

Buenos Aires, Mayo 26/810
Señor. D. José Gregorio Aráoz
Querido Chuchi:
Por tu esquela que he recibido debo decirte que todas las prevenciones y encargos que me haces son a destiempo: los breviarios ya están retobados y marchamados; por el correo pasado que me previenes no te compres Bayetas, te contesté ya las tenía compradas. Mañana pienso cargar, esto es si no hay ninguna novedad; por estar este pueblo tan alborotado: el 23 hizo dimisión del mando el señor virrey en el Cabildo: el 24 hizo el Cabildo en nombre del pueblo una Junta que se componía del presidente de ella al señor virrey, vocales el doctor Solá, Saavedra, el doctor Castelli, Anchorregui (sic), Leiva, fiscal Moreno y Pazos secretario con tratamiento de Excelencia. Se echó bando, se repicaron en todas las iglesias, se iluminó el pueblo para que se reconociesen a estos sujetos: al otro día 25, que fue ayer, otro alboroto, que no estaba conforme el pueblo con esta Junta, renunciaron todos estos señores de su empleo, y se ha formado nueva Junta compuesta del comandante Saavedra presidente y comandante general, los vocales el doctor Moreno, don Juan Larrea que es ... (roto)... el cura de San Nicolás, el mismo Castelli, Leiva, Domingo Matheu, y otros más que por todos son diez, hoy se ha echado el bando para que se reconozcan, y mañana puede que sean otros. Me parece que te sobra a ti dinero y a mí también; yo no pienso emplear más sino mandarme mudar, por lo que veo esto no está nada bueno, pero no sé cómo sacar mi licencia, porque no sé hasta ahora quién nos gobierna. Tu afectísimo.

J:M:Silva

Somos 27. Te harás cargo por el bando que te incluyo de los sujetos de la nueva Junta, y luego pasará dicho bando al padre fray Jacinto Ruiz de la orden de Predicadores y le dirá se la remite su padre. Acabo de recibir los documentos, dos p. de poder de Sanz y quedan en poder de Doral.
A Méndez que sus prevenciones son inoficiosas, que no le tengo comprado nada: por klechero no me remitió en derechura la nota, y me despachó bajo de cubierta de algún mozo de Santa Coloma, y hasta ahora no la he recibido; bastante me ha perjudicado, que si no es él, no me encuentro en esta Jarana. Vale.

Fuente:
Carta de José Silva, tucumano de paso en Buenos Aires, a José Gregorio Aráoz, de Tucumán. Archivo histórico de Tucumán. Documentación Dr. Ernesto E. Padilla, carpeta 28.

Nota: José Manuel Silva fue un comerciante acaudalados en Tucumán, gobernador de la provincia en 1828. La revolución de Mayo lo encontró en Buenos Aires, y desde allí escribió esta carta a Tucumán, a su amigo José Gregorio Aráoz.

martes, 21 de septiembre de 2010

28 de mayo de 1810

La Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Rio de la Plata á nombre del Sr. D. Fernando VII manifiesta la siguiente Instruccion, que servirá de regla en el método del despacho, y ceremonial en actos públicos.

I. La Junta se congregará todos los dias en la Real Fortaleza, donde será la posada del Sr. Presidente, y durará su reunion desde las neuve de la mañana hasta las dos de la tarde, y desde las cinco hasta las ocho de la noche.II. Todos los asuntos gubernativos y de Hacienda se girarán ante élla por las Oficinas respectivas.
III. El Departamento de Hacienda en la Secretaría correrá á cargo del Doctor D. Juan José Passo; y el Departamento de Gobierno y Guerra á cargo del Doctor D. Mariano Moreno.IV. En los decretos de substanciacion, contestaciones dentro de la Capital, asuntos leves, y de urgente despacho bastará la firma del Presidente, autorizada por el respectivo Secretário.V. En los negocios que deban decidirse por la Junta, la formarán quatro Vocales con el Presidente; pero en los asuntos interesantes de alto gobierno deberán concurrir todos precisamente.
VI. En las representaciones y papeles de oficio se dará á la Junta el tratamiento de Excelencia: pero los Vocales no tendrán tratamiento alguno en particular.
VII. Las Armas harán á la Junta los mismos honores que á los Excmos. Señores Vireyes: y en las funciones de Tabla se guardará con élla el mismo ceremonial.
VIII. El Sr. Presidente rebibirá en su persona el tratamiento y honores de la Junta como Presidente de ella; los quales se le tributarán en toda situacion.
IX. Los asuntos de Patronato se dirigirán á la Junta en los mismos términos que á los Señores Vireyes; sin perjuicio de las extensiones á que legalmente conduzca el sucesivo estado de la Península.X. Todo Vecino podrá dirijirse por escrito ó de palabra á quelesquiera de los Vocales, ó á la Junta misma, y comunicar quanto crea conducente á la seguridad pública, y felicidad del Estado.

Buenos-Ayres 28 de Mayo de 1810.

Dr. Mariano Moreno. Secretario.

Imprimase - Rubrica de S.E.- Dr. Moreno.

CON SUPERIOR PERMISO:

Buenos-Ayres en la Real Imprenta de Niños Expósitos.

sábado, 28 de agosto de 2010

27 de Mayo de 1810

Buenos Aires, 27 de mayo de 1810

"... Ayer se instaló la Junta de un modo y forma que ha dejado fijada la base fundamental sobre lo que debe elevarse la obra de la conservación de estos dominios al señor don Fernando VII. Los ejemplares impresos de los adjuntos bandos, y noticia..., que el excelentísimo Cabildo , y aun el excelentísimo señor virrey,... dan a Usía, no dejan duda a esta Junta de que será mirada por todos los jefes, corporaciones, funcionarios públicos y habitantes de todos los pueblos del virreinato, como centro de la unidad, para formar la barrera inexpugnable de la conservación íntegra de los dominios de América a la dependencia del señor don Fernando VII, o de quien legítimamente le represente. No menos espera que contribuirán los mismos a que, cuanto más antes sea posible, se nombrasen y vengan a la Capital los diputados que se enuncian para el fin expresado en el mismo acto de instalación..."
"...Así mismo importa que Usía quede entendido, que los diputados han de irse incorporando en esta Junta conforme y por el orden de su llegada a la Capital, para que así se hagan de la parte de confianza pública que conviene el mejor servicio del Rey y gobierno de los pueblos; imponiéndose, con cuenta anticipada conviene a la formación general, de los graves asuntos que tocan al gobierno. Por lo mismo, se habrá de acelerar el envío de diputados; entendiendo debe ser uno por cada cuidad o villa de las provincias..."
"...Servirá a todos los pueblos del virreinato de la mayor satisfacción el saber, como se lo asegura la Junta, que todos los tribunales, corporaciones, jefes y ministros de la Capital, sin excepción, han reconocido la Junta, y prometido su obediencia para la defensa de los augustos derechos del Rey en estos dominios..."
*Real Fortaleza de Buenos Aires, 27 de mayo de 1810 - Cornelio Saavedra - Dr. Juan José Castelli- Manuel Belgrano - Miguel de Azcuénaga - Dr. Manuel Alberti - Domingo Matheu - Juan Larrea - Dr. Juan José Paso, secretario - Dr. Mariano Moreno, secretario.

Senado de la Nación. Biblioteca de Mayo

domingo, 30 de mayo de 2010

Acta de instalación de la Junta

En la muy Noble y muy Leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa Maria de Buenos Aires, á 25 de Mayo de 1810, sin haberse separado en la Sala Capitular los Señores del Excmo. Cabildo, se colocaron á la hora señalada bajo de docel, con sitial por delante, y en él la imagen del Crucifijo y los Santos Evangelios y comparecieron los Señores Presidente y Vocales de la nueva Junta Provisoria gubernativa, D. Cornelio de Saavedra, Dr. D. Juan José Castelli, Licenciado D. Manuel Belgrano, D. Miguel de Azcuénaga, Dr. D. Manuel Alberti, D. Domingo Mateu y D. Juan Larrea; y los Señores Secretarios Dr. D. Juan José Passo y Dr. D. Mariano Moreno, quienes ocuparon los respectivos lugares que les estaban preparados, colocándose en los demás los Prelados, Jefes, Comandantes y personas de distinción que concurrieron. Y habiéndose leído por mi, el actuario, la acta de elección, antes de jurar expuso el Sr. Presidente electo, que en el día anterior había hecho formal renuncia del cargo de Vocal de la primera Junta establecida, y que solo por contribuir á la tranquilidad pública y á la salud del pueblo, admitía el que se le conferían de nuevo, pidiendo se sentase en el Acta esta su exposición: seguidamente hincado de rodillas, y poniendo la mano derecha sobre los Santos Evangelios prestó juramento de desempeñar legalmente el cargo, conservar íntegra esta parte de América á nuestro Augusto Soberano el Sr. Don Fernando VII, y sus legítimos sucesores, y guardar puntualmente las leyes del Reino. Lo prestaron en los mismos términos los demás Señores Vocales por su orden, y los Señores Secretarios contraído el exacto desempeño de sus respectivas obligaciones: habiendo expresado el Sr. Don Miguel de Azcuénaga, que admitía el cargo de vocal de la Junta, para que por el Excmo. Cabildo, y por una parte del pueblo había sido nombrado en este día, atento al interés de su bien orden, y tranquilidad: más que debiendo ser la opinión, no solo del Exmo. Cabildo, sino la universal de todo el vecindario, pueblo, y partidos de su dependencia, pedía se tomara la que faltase y la represente; para la recíproca confianza, y seguridad de validez de todo procedimiento. Finalizada la ceremonia dejó el Excmo. Cabildo el lugar que ocupaba bajo el docel y lo tomaron los Señores Presidente y Vocales de la Junta; y el Sr. Presidente exhortó al concurso, y al pueblo a mantener el órden, la unión, y la fraternidad como también á guardar respeto, y hacer el aprecio debido de la persona del Excmo. Sr. Don Baltazar Hidalgo de Cisneros, y toda su familia; cuya exhortación repitió en el balcón principal de las casas capitulares, dirigiéndose a la muchedumbre del Pueblo que ocupaba la plaza. Con lo que se concluyó la acta de instalación, retirándose dicho Sr. Presidente, y demás Señores Vocales, y Secretarios á la Real Fortaleza por entre un inmenso concurso con repiques de campanas, salva de artillería en aquella, adonde no paso por entonces el Excmo. Cabildo, como lo había ejecutado la tarde de la instalación de la primera Junta, á causa de la lluvia que sobrevino, y de acuerdo con los Señores Vocales, reservando hacer el cumplido el día de mañana y lo firmaron de que doy fé Juan José Lezica; Martin Gregorio Yaniz; Manuel Mancilla; Manuel José de Ocampo; Juan de Llano; Jaime Nadal y Guarda; Andrés Domínguez; Tomas Manuel de Anchorena; Santiago Gutiérrez; Dr. Julián Leiva; Cornelio de Saavedra; Dr. Juan José Castelli; Manuel Belgrano; Miguel de Azcuénaga; Dr. Manuel Alberti; Domingo Mateu; Juan Larrea; Dr. Juan José Passo; Dr. Mariano Moreno; Licenciado Don Justo José Núñez, escribano público y de Cabildo.
Nota: La pintura es de Juan Manuel Blanes. Cabildo Abierto del 22 de Mayo de 1810

lunes, 24 de mayo de 2010

Jueves 24 de Mayo de 1810

Los patriotas reunidos durante toda esa noche en casa de Rodríguez Peña, deliberan sobre los miembros que integrarán una lista que será presentada ante el Cabildo.
El día 24 el Cabildo, a propuesta del síndico Leyva, conformó la nueva Junta, que debía mantenerse hasta la llegada de los diputados del resto del Virreinato. Estaba formada por:
Presidente y comandante de armas: Baltasar Hidalgo de Cisneros
Vocales: Cornelio Saavedra (criollo), Juan José Castelli (criollo), Juan Nepomuceno Solá (español) y José Santos Incháurregui (español).
Dicha fórmula respondía a la propuesta del obispo Lué y Riega de mantener al virrey en el poder con algunos asociados o adjuntos, a pesar de que en el Cabildo abierto la misma hubiera sido derrotada en las elecciones. Los cabildantes consideraban que de esta forma se contendrían las amenazas de revolución que tenían lugar en la sociedad.
Asesorados por el síndico reaccionario español Julián de Leiva, se redactó un Reglamento
constitucional de 13 artículos, que regiría el accionar de la Junta. Entre los principios incluidos, se preveía que la Junta no ejercería el poder judicial, que sería asumido por la Audiencia; que Cisneros no podría actuar sin el respaldo de los otros integrantes de la Junta; que el Cabildo podría deponer a los miembros de la Junta que faltaran a sus deberes y debía aprobar las propuestas de nuevos impuestos; que se sancionaría una amnistía general respecto de las opiniones emitidas en el cabildo abierto del 22; y que se pediría a los cabildos del interior que enviaran diputados. Los comandantes de los cuerpos armados dieron su conformidad, incluyendo a Saavedra y Pedro Andrés García, y los integrantes juraron ese día..
Cuando la noticia fue dada a conocer, tanto el pueblo como las milicias volvieron a agitarse, y la Plaza Mayor fue invadida por una multitud comandada por French y Beruti. La permanencia de Cisneros en el poder, aunque fuera con un cargo diferente al de virrey, era vista como una burla a la voluntad del Cabildo Abierto. El coronel Martín Rodríguez lo explicaba así:
Si nosotros nos comprometemos a sostener esa combinación que mantiene en el gobierno a Cisneros, en muy pocas horas tendríamos que abrir fuego contra nuestro pueblo, nuestros mismos soldados nos abandonarían; todos sin excepción reclaman la separación de Cisneros.
Cuando le hicieron ver el error a Castelli, éste dijo que elevaría su renuncia y sugeriría la misma actitud a saavedra. Eran apoyados por los regimientos de Arribeños y Patricios. Hubo una discusión en la casa de Rodríguez Peña, en donde se llegó a dudar de la lealtad de Saavedra. Castelli se comprometió a intervenir para que el pueblo fuera consultado nuevamente, y entre Mariano Moreno, Matías Irigoyen y Feliciano Chiclana se calmó a los militares y a la juventud de la plaza.
Por la noche, una delegación encabezada por Castelli y Saavedra se presentó en la residencia de Cisneros informando el estado de agitación popular y sublevación de las tropas, y demandando su renuncia. Lograron conseguir en forma verbal su dimisión. Un grupo de patriotas reclamó en la casa del síndico Leyva que se convocara nuevamente al pueblo, y pese a sus resistencias iniciales finalmente accedió a hacerlo

sábado, 22 de mayo de 2010

Miércoles 23 de Mayo de 1810

A la madrugada se emitió el siguiente documento:
Hecha la regulación con el más prolijo examen resulta de ella que el Excmo Señor Virrey debe cesar en el mando y recae éste provisoriamente en el Excmo. Cabildo hasta la erección de una Junta que ha de formar el mismo Excmo. Cabildo, en la manera que estime conveniente.
155 votos: Destitución del Virrey
89 votos: Por la continuación del Virrey solo o con asesores.
27 personas: No votaron
Tras la finalización del Cabildo abierto se colocaron avisos en diversos puntos de la ciudad que informaban de la creación de la Junta y la convocatoria a diputados de las provincias, y llamaba a abstenerse de intentar acciones contrarias al orden público.

Martes 22 de Mayo de 1810

De los 450 invitados al cabildo abierto solamente participaron unos 251. French y Beruti, al mando de 600 hombres armados con cuchillos, trabucos y fusiles, controlaron el acceso a la plaza, con la finalidad de asegurar que el cabildo abierto fuera copado por criollos.
El cabildo abierto se prolongó desde la mañana hasta la medianoche, contando con diversos momentos, entre ellos la lectura de la proclama del Cabildo, el debate, "que hacía de suma duración el acto", como se escribió en el documento o acta, y la votación, individual y pública, escrita por cada asistente y pasada al acta de la sesión.

El debate en el Cabildo tuvo como tema principal la legitimidad o no del gobierno y de la autoridad del virrey. El principio de la retroversión de la soberanía planteaba que, desaparecido el monarca legítimo, el poder volvía al pueblo, y que éste tenía derecho a formar un nuevo gobierno.

Hubo dos posiciones principales enfrentadas: los que consideraban que la situación debía mantenerse sin cambios, respaldando a Cisneros en su cargo de virrey, y los que sostenían que debía formarse una junta de gobierno en su reemplazo, al igual que en España. No reconocían la autoridad del Consejo de Regencia argumentando que las colonias en América no habían sido consultadas para su formación. El debate abarcó también, de manera tangencial, la rivalidad entre criollos y españoles peninsulares, ya que quienes proponían mantener al virrey consideraban que la voluntad de los españoles debía primar por sobre la de los criollos.

Uno de los oradores de la primera postura fue el obispo de Buenos Aires, Benito Lué y Riega, líder de la iglesia local. Lué y Riega sostenía lo siguiente:

No solamente no hay por qué hacer novedad con el virrey, sino que aún cuando no quedase parte alguna de la España que no estuviese sojuzgada, los españoles que se encontrasen en la América deben tomar y reasumir el mando de ellas y que éste sólo podría venir a manos de los hijos del país cuando ya no hubiese un español en él. Aunque hubiese quedado un solo vocal de la Junta Central de Sevilla y arribase a nuestras playas, lo deberíamos recibir como al Soberano.

Juan José Castelli habló a continuación, y sostuvo que los pueblos americanos debían asumir la dirección de sus destinos hasta que cesara el impedimento de Fernando VII de regresar al trono.

Desde la salida del Infante don Antonio, de Madrid, había caducado el Gobierno Soberano de Espa­ña, que ahora con mayor razón debía considerarse haber expirado con la disolución de la Junta Central, porque, además de haber sido acusada de infidencia por el pueblo de Sevilla, no tenía facultades para el establecimiento del Supremo Gobierno de Regencia; ya porque los poderes de sus vocales eran personalísimos para el gobierno, y no podrían delegarse, ya por la falta de concurrencia de los Diputados de América en la elección y establecimiento de aquel gobierno, deduciendo de aquí su ilegitimidad, la re­versión de los derechos de la Soberanía al pueblo de Buenos Aires y su libre ejercicio en la instalación de un nuevo gobierno, principalmente no existiendo ya, como se suponía no existir, la España en la dominación del señor don Fer­nando Séptimo.

Pascual Ruiz Huidobro expuso que, dado que la autoridad que había designado a Cisneros había caducado, éste debía considerarse separado de toda función de gobierno, y que, en su función de representante del pueblo, el Cabildo debía asumir y ejercer la autoridad.

El fiscal Manuel Genaro Villota, representante de los españoles más conservadores, señaló que la ciudad de Buenos Aires no tenía derecho a tomar decisiones unilaterales sobre la legitimidad del virrey o el Consejo de Regencia sin hacer partícipes del debate a las demás ciudades del Virreinato. Argumentaba que ello rompería la unidad del país y establecería tantas soberanías como pueblos. Juan José Paso le dio la razón en el primer punto, pero adujo que la situación del conflicto en Europa y la posibilidad de que las fuerzas napoleónicas prosiguieran conquistando las colonias americanas demandaban una solución urgente. Adujo entonces el argumento de la hermana mayor, por la cual Buenos Aires tomaba la iniciativa de realizar los cambios que juzgaba necesarios y convenientes, bajo la expresa condición de que las demás ciudades serían invitadas a pronunciarse a la mayor brevedad posible. La figura retórica de la "Hermana mayor", comparable a la gestión de negocios, es un nombre que hace una analogía entre la relación de Buenos Aires y las otras ciudades del Virreinato con una relación filial.
La postura de Cornelio Saavedra fue la que acabó imponiéndose.
El cura Juan Nepomuceno Solá opinaba que el mando debía entregarse al Cabildo, pero sólo en forma provisional, hasta la realización de una junta gubernativa con llamamiento a representantes de todas las poblaciones del virreinato.

Cornelio Saavedra propuso que el mando se delegara en el Cabildo hasta la formación de una junta de gobierno, en el modo y forma que el Cabildo estimara conveniente. Hizo resaltar la frase de que "(...) y no queda duda de que el pueblo es el que confiere la autoridad o mando". A la hora de la votación, la postura de Castelli se acopló a la de Saavedra.

Luego de los discursos, se procedió a votar por la continuidad del virrey, solo o asociado, o por su destitución. La votación duró hasta la medianoche, y se decidió por amplia mayoría destituir al virrey: 155 votos contra 69. Los votos contrarios a Cisneros se distribuyeron de la siguiente manera: Fórmula según la cual la autoridad recae en el Cabildo: 4 votos

Fórmula de Juan Nepomuceno de Sola: 18 votos

Fórmula de Pedro Andrés García, Juan José Paso y Luis José Chorroarín: 20 votos.

Fórmula de Ruiz Huidobro: 25 votos

Fórmula de Saavedra y Castelli: 87 votos

Nota:
El Cabildo abierto, por Juan Manuel Blanes.

Lunes 21 de Mayo de 1810

Apoyados por vecinos que solicitaban la solicitud de un Cabildo Abierto, los regidores recibieron por parte del Virrey Cisneros una autorización escrita en que accedía a la voluntad popular de convocar a una sesión pública para el día siguiente, en la que se convocara a la parte más representativa y más sana del vecindario.
A las 3, el Cabildo inició sus trabajos de rutina, pero se vieron interrumpidos por 600 hombres armados, agrupados bajo el nombre de "Legión Infernal", que ocuparon la Plaza de la Victoria, hoy Plaza de Mayo, y exigieron a gritos que se convocase a un Cabildo Abierto y se destituyese al virrey Cisneros. Llevaban un retrato de Fernando VII y en el ojal de sus chaquetas una cinta blanca que simbolizaba la unidad criollo-española. Entre los agitadores se destacaron Domingo French y Antonio Beruti. Estos desconfiaban de Cisneros y no creían que fuera a cumplir su palabra de permitir la celebración del cabildo abierto del día siguiente. El síndico Leiva no tuvo éxito en calmar a la multitud al asegurar que el mismo se celebraría como estaba previsto. La gente se tranquilizó y dispersó gracias a la intervención de Cornelio Saavedra, jefe del Regimiento de Patricios, que aseguró que los reclamos de la Legión Infernal contaban con su apoyo militar.

El 21 de mayo se repartieron 450 invitaciones entre los principales vecinos y autoridades de la capital. La lista de invitados fue elaborada por el Cabildo teniendo en cuenta a los vecinos más prominentes de la ciudad; pero el encargado de su impresión Agustín Donado (compañero de French y Beruti) imprimió muchas más de las necesarias y las repartió entre los criollos. Decía:
El Excmo. Cabildo convoca á Vd. para que se sirva asistir, precisamente mañana 22 del corriente, á las nueve, sin etiqueta alguna, y en clase de vecino, al cabildo abierto que con avenencia del Excmo. Sr. Virrey ha acordado celebrar; debiendo manifestar esta esquela á lesquela á las tropas que guarnecerán las avenidas de esta plaza, para que se le permita pasar libremente.

Sábado 19 y Domingo 20 de Mayo de 1810

Los patriotas tras deliberar toda la noche, comisionaron a J. J. Castelli para que durante la mañana se presentase ante el síndico procurador Julián de Leiva. También fueron encargados M. Belgrano y C. Saavedra, para que se apersonaran ante el Alcalde en Primer Voto Juan José Lezica; tenían los tres, la misión de obtener el apoyo del Cabildo para gestionar ante el virrey un cabildo abierto, expresando que de no concederse, lo haría por sí solo el pueblo o morirían en el intento.
Lezica transmitió a Cisneros la petición y éste consultó a Leyva, quien se mostró favorable a la realización de un cabildo abierto. Antes de tomar una decisión el virrey citó a los jefes militares para que se presenten a las siete horas de la tarde en el fuerte. Según cuenta Cisneros en sus Memorias, les recordó: (...) las reiteradas protestas y juramentos de fidelidad con que me habían ofrecido defender la autoridad y sostener el orden público y les exhorté a poner en ejercicio su fidelidad al servicio de S.M. y de la patria.
Como Cisneros reclamó una respuesta a su petición de apoyo, el coronel criollo Cornelio Saavedra, jefe del Regimiento de Patricios e integrante de la Sociedad de los Siete, respondió a nombre de todos los criollos diciendo: Señor, son muy diversas las épocas del 1º de enero de 1809 y la de mayo de 1810, en que nos hallamos. En aquella existía la España, aunque ya invadida por Napoleón; en ésta, toda ella, todas sus provincias y plazas están subyugadas por aquel conquistador, excepto solo Cádiz y la isla de León, como nos aseguran las gacetas que acaban de venir y V.E. en su proclama de ayer. ¿Y qué, señor? ¿Cádiz y la isla de León son España? (...) ¿Los derechos de la Corona de Castilla a que se incorporaron las Américas, han recaído en Cádiz y la isla de León, que son una parte de las provincias de Andalucía? No señor, no queremos seguir la suerte de la España, ni ser dominados por los franceses, hemos resuelto reasumir nuestros derechos y conservarnos por nosotros mismos. El que a V.E. dio autoridad para mandarnos ya no existe; de consiguiente usted tampoco la tiene ya, así que no cuente con las fuerzas de mi mando para sostenerse en ella.
Al anochecer se produjo una nueva reunión en casa de Rodríguez Peña, en donde los jefes militares comunicaron lo ocurrido. Se decidió enviar inmediatamente a Castelli y a Martín Rodríguez a entrevistarse con Cisneros en el fuerte, facilitando su ingreso el comandante Terrada de los granaderos provinciales que se hallaba de guarnición ese día. El virrey se encontraba jugando a los naipes con el brigadier Quintana, el fiscal Caspe y el edecán Coicolea cuando los comisionados irrumpieron. Martín Rodríguez en sus Memorias relató cómo fue la entrevista, en donde Castelli se dirigió a Cisneros así: Excelentísimo señor: tenemos el sentimiento de venir en comisión por el pueblo y el ejército, que están en armas, a intimar a V.E. la cesación en el mando del virreinato. Cisneros respondió:¿Qué atrevimiento es éste? ¿Cómo se atropella así a la persona del Rey en su representante? Pero Rodríguez (según sus Memorias) lo detuvo advirtiéndole: Señor: cinco minutos es el plazo que se nos ha dado para volver con la contestación, vea V.E. lo que hace.
Solamente defendió la posición de Cisneros el síndico procurador del Cabildo, Julián de Leyva. Ante la situación, Caspe llevó a Cisneros a su despacho para deliberar juntos unos momentos y luego regresaron. El virrey se resignó y permitió que se realizara el cabildo abierto. Según cuenta Martín Rodríguez en sus Memorias póstumas, escritas muchos años después, sus palabras fueron: Señores, cuanto siento los males que van a venir sobre este pueblo de resultas de este paso; pero puesto que el pueblo no me quiere y el ejército me abandona, hagan ustedes lo que quieran. El cabildo abierto se celebraría el 22 de mayo siguiente.
Esa misma noche se representó una obra de teatro cuyo tema era la tiranía, llamada "Roma Salvada", a la cual concurrieron buena parte de los revolucionarios. El jefe de la policía intentó convencer al actor de que no se presentara y que, con la excusa de que éste estuviera enfermo, la obra fuera reemplazara con "Misantropía y arrepentimiento", del poeta alemán Kotzebue. Los rumores de censura policial se extendieron con rapidez, por lo que Morante salió e interpretó la obra prevista, en la cual interpretaba a Cicerón. En el cuarto acto, Morante exclamaba lo siguiente: Entre regir al mundo o ser esclavos ¡Elegid, vencedores de la tierra! ¡Glorias de Roma, majestad herida! ¡De tu sepulcro al pie, patria, despierta! César, Murena, Lúculo, escuchadme: ¡Roma exige un caudillo en sus querellas! Guardemos la igualdad para otros tiempos: ¡El Galo ya está en Roma! ¡Vuestra empresa del gran Camilo necesita el hierro! ¡Un dictador, un vengador, un brazo! ¡Designad al más digno y yo lo sigo! Dicha escena encendió los ánimos revolucionarios, que desembocaron en un aplauso frenético a la obra. El propio Juan José Paso se levantó y gritó "¡Viva Buenos Aires libre!".

Nota: Bajorrelieve de Gustavo Eberlein. Demanda ante el virrey Cisneros por la realización de un Cabildo Abierto

martes, 18 de mayo de 2010

Viernes 18 de mayo de 1810

El viernes 18 el virrey Cisneros hizo pública las nuevas a través de los pregoneros, téngase en cuenta que la mayoría de la población no sabía leer ni escribir. La proclama comenzaba diciendo: "A los leales y generosos pueblos del virreinato de Buenos Aires." El virrey advertía que "en el desgraciado caso de una total pérdida de la península, y falta del Supremo Gobierno" él asumiría el poder acompañado por otras autoridades de la Capital y todo el virreinato y se pondría de acuerdo con los otros virreyes de América para crear una Regencia Americana en representación de Fernando. Cisneros aclaraba que no quería el mando sino la gloria de luchar en defensa del monarca contra toda dominación extraña y, finalmente prevenía al pueblo sobre "los genios inquietantes y malignos que procuran crear divisiones", refiriéndose a los que secretamente se reunían en la jabonería de Vieytes. La fábrica de jabón, que pertenecía a Juan Hipólito Vieytes y a Nicolás Rodríguez Peña, se convirtió en la sede de las reuniones de aquello que desde 1809 comenzó a ser llamado "partido patriota". La jabonería estaba a metros de la calle Mexico, en la actual avenida 9 de Julio, y la orden de demolerla fue dada para pemitir su ensanchamiento. Algunos autores la encuentran en Tacuarí y Venezuela, en tanto otros la situan en México 1050-1068, o en la esquina de Lima y Venezuela.
A medida que los porteños se fueron enterando de la gravedad de la situación, fueron subiendo de tono las charlas políticas en los cafés y en los cuarteles. Todos hablaban de política y conjeturaban y por la noche, se realizó una reunión en la casa de Rodríguez Peña, donde se acordó pedirle a Cisneros que convocara a un Cabildo Abierto. El grupo encarga a Juan José Castelli y a Martín Rodríguez que se entrevisten con Cisneros, quien intentó evitar esa reunión, pero terminó cediendo ante las presiones. La situación del virrey era difícil ya que la Junta que lo nombro había desaparecido y la legitimidad de su mandato quedaba cuestionada.

Juan Carlos Ramirez

17 de Mayo

El 13 de mayo llegó a Montevideo la fragata británica HMS John Paris, con noticias que recién se difunden en Buenos Aires el día 17, gracias a otro navío: los diputados de la Junta de Sevilla habían sido rechazados estableciéndose una Junta en Cádiz. Se había constituido un Consejo de Regencia de España e Indias. En realidad, ninguno de los dos barcos transmitió esa noticia porque Cisneros intentó ocultarlas estableciendo una rigurosa vigilancia en torno a las naves de guerra británicas e incautando todos los periódicos que desembarcaron de los barcos, pero uno de ellos llegó a manos de Manuel Belgrano y de Juan José Castelli. Éstos se encargaron de difundir la noticia, que ponía en entredicho la legitimidad del virrey, nombrado por la Junta caída.
Se lo enteró a Cornelio Saavedra, jefe del regimiento de Patricios, quien consideraba que el momento revolucionario sería cuando las fuerzas napoleónicas lograran una ventaja decisiva en su guerra contra España. Al conocer las noticias de la caída de la Junta de Sevilla, Saavedra consideró que el momento había llegado, no así el grupo encabezado por Castelli, que se inclinaba por la realización de un cabildo.

Por Juan Carlos Ramirez

Fuentes:
Fernández, Jorge; Rondina, Julio César. Historia Argentina. Universidad Nac. del Litoral, 2004. Pág. 31.
Saavedra, Cornelio. Memoria autógrafa. Biblioteca de Mayo, 1966; tomo II. Páginas 1050-1051.

14 de mayo de 1810

Arribó al puerto de Buenos Aires procedente de Gibraltar, la goleta de guerra británica HMS Mistletoe. Traía periódicos del mes de enero que anunciaban, confirmando rumores que circulaban intensamente por Buenos Aires, que los franceses dominaban casi toda la península ibérica y habían tomado la ciudad de Sevilla, último bastión del poder español. La acción determinó la disolución de la Junta Central de Sevilla, y se señalaba que algunos diputados se habían refugiado en la isla de León en Cádiz.
El nombre de la goleta, Mistletoe, significa muérdago y es una planta que simboliza buen augurio entre los ingleses, pero también lo fue para los revolucionarios en ciernes. Roberto Ramsay,marino nacido en Escocia en 1773, estaba al mando de la goleta y tuvo participación en los sucesos de Mayo, reuniéndose con Juan Larrea, Mariano Moreno, Hipólito Vieytes, Juan José Paso y Juan José Castelli, quienes se habían convertido en amigos personales. Las noticias se difundían pese a las gestiones de Cisneros.
Un día después y como si nada sucediera, Santiago de Liniers, ex virrey y héroe de la Reconquista de Buenos Aires, tomó el título de conde y esperó la confirmación del reino de España, pero el 16 de mayo de 1810 comenzaron a reunirse vecinos de Buenos Aires para tratar la nueva situación generada por lo sucedido en España.
Por: Juan Carlos Ramirez

domingo, 9 de mayo de 2010

Curiosidades del Primer Gobierno Patrio

Tres de los nueve miembros de la Primera Junta no hablan nacido dentro de los limites actuales de la Argentina. Cornelio Judas Tadeo Saavedra nació en Hacienda de la Fombera, hoy Bolivia. Domingo Matheu y Juan Larrea eran españoles, de Cataluña. El miembro más joven de la Primera Junta era Larrea (23). El más viejo, Miguel de Azcuénaga (55). La edad promedio del cuerpo, en 1810, era de 43 años.
En 1795, el inventario de mercaderías de una tienda porteña daba cuenta de que había allí 27 paraguas de hule, que se vendían a 4 reales cada uno. Por lo tanto, resulta verosímil la tradicional -pero controvertida imagen que muestra a los vecinos de la ciudad protegiéndose con paraguas, frente al Cabildo, aquel inclemente viernes.
El vocal Manuel Belgrano (39) era abogado y había ingresado en 1807 en el Regimiento de Patricios con el rango de sargento mayor. Domingo French (36) se había desempeñado como cartero antes de iniciar la carrera militar. La Primera Junta le otorgó el grado de coronel.
Muchas familias criollas bautizaron a sus hijos con nombres alusivos a la gesta revolucionaria. Un padre llamó a su flamante primogénito Primo Patricio Liberato.
El sábado 26 de mayo de 1810, los porteños tuvieron en sus manos el primer documento patrio -la proclama de la Junta Provisional Gubernativa-, editado en la Real Imprenta de los Niños Expósitos. Empezaba así: Tenéis ya establecida la Autoridad que remueve la incertidumbre de las opiniones y calma todos los recelos...
La construcción del Cabildo, tal como lo conocieron aquellos patriotas, se realizó entre los años 1725 y 1764. El edificio sufrió modificaciones en 1861,1880, 1889, 1931 y 1940.
Por: Martín A. Cagliani

sábado, 1 de mayo de 2010

Acta del 25 de Mayo de 1810

En la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa María de Buenos Aires, a 25 de Mayo de 1810; los Señores del Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento, a saber: D. Juan José Lezica y D. Martín Gregorio Yaniz, Alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil Mayor; D. Manuel José de Ocampo; D. Juan de LLano; D. Jaime Nadal y Guarda; D. Andrés Domínguez; D. Tomás Manuel de Anchorena; D. Santiago Gutiérrez; y el Dr. D. Julián de Leiva, Síndico Procurador General; se enteraron de una representación que han hecho a este Exmo. Cabildo un considerable número de vecinos, los Comandantes, y varios oficiales de los cuerpos voluntarios de esta capital, por si y a nombre del pueblo; en que, indicando haber llegado a entender que la voluntad de este resiste la Junta, y Vocales que este Exmo. Ayuntamiento se sirvió erigir, y publicar a consecuencia de las facultades que se le confirieron en el Cabildo abierto de 22 del corriente; y porque puede, habiendo reasumido la autoridad y facultades que confirió, y mediante la renuncia que ha hecho el Señor Presidente nombrado y demás Vocales, revocar y dar por ningún valor la Junta erigida y anunciada con el Bando de ayer, 24 del corriente; la revoca y anula, y quiere este Exmo. Cabildo proceda á hacer nueva elección de Vocales que hayan de constituir la Junta de Gobierno, y han de ser los Señores D. Cornelio de Saavedra, Presidente de dicha Junta, y Comandante general de Armas, el Dr. Juan José Castelli, el Dr. Manuel Belgrano, D. Miguel Azcuenaga, Dr. D. Manuel Alberti, D. Domingo Mateu, y D. Juan Larrea, y Secretarios de ella los Doctores Don Juan José Passo, y D. Mariano Moreno, cuya elección se deberá manifestar el pueblo por medio de otro bando público; enentendiéndose ella bajo la expresa y precisa condición de que instalada la Junta, se ha de publicar en el término de 15 días una expedición de 500 hombres para auxiliar a las provincias interiores del reino, la cual haya de marchar a la mayor brevedad, costeándose ésta con los sueldo del Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, Tribunales de la Real Audiencia Pretorial, y de Cuentas, de la Renta de tabacos con los demás que la Junta tenga por conveniente cercenar, en inteligencia, que los individuos rentados ho han de que dar absolutamente incongruos, porque ésta es la manifesta voluntad del pueblo. Y los Señores, habiendo salido al balcón de estas casas capitulares, y oído que el pueblo ratificó por aclamaciòn al contenido de dicho pedimento o representaciòn, después de haberse leido por mi en altas e inteligibles voces, acordaron que debàn mandar y mandaban se erigiese una nueva Junta de Gobierno compuesta por los Señores expresados en la representación de que se ha hecho referencia, y en los mismo términos, que de ella aparece, mientras se erige la Junta general del Virreinato; Lo segundo: que los Señores, que forman la precedente corporación comparezcan sin pérdida de momentos en esta Sala Capitular á prestar el juramnento de usar bien y fielmente sus cargos, conservar la integridad de esta parte de los dominios de América a nuestro Amado Soberano el Señor D. Fernando VII, y sus legítimos sucesores, y observar puntualmente las Leyes del Reino. Lo tercero: que luego que los referidos Señores presten juramento sean reconocidos por depositarios de la autoridad superior del Virreinato, por todas las corporaciones de esta capital, y su vecindario, respetando y obedeciendo todas sus disposiciones, hasta la congregación de la Junta general del Virreinato, bajo las penas que imponen las Leyes á los contraventores. Lo cuarto: que la Junta ha de nombrar quien deba ocupar cualquier vacante por renuncia, muerte, ausencia, enfermedad o remoción. Lo quinto: que aunque se halla plenísimamente satisfecho de la honrosa conducta, y buen procedimiento de los SS mencionados, sin embargo, para satisfacción del Pueblo, se reserva tamben estar muy á la mira de sus operaciones y caso no esperado, que faltasen á sus deberes, proceder á la deposición con causa bastante, y justificada, reasumiendo el Excmo. Cabildo para este solo caso la Autoridad que le ha conferido el pueblo. Lo sexto: que la nueva Junta ha de celar so sobre el orden y la tranquilidad pública, y seguridad individual de todos los vecinos, haciéndosele, como desde luego se le hace, responsable de lo contrario. Lo séptimo: que los referidos Señores se componen la Junta provisoria, queden excluidos de ejercer el poder judiciario, el cual se refundirá en la Real Audiencia, a quien se pasarán todas las causas contenciosas, que no sean de gobierno. Lo octavo: que esta misma Junta ha de publicar todos los días primeros del mes un Estado en que se dé razón de la administración de Real Hacienda. Lo nono: que no pueda imponer contribuciones, ni gravámenes al pueblo: ó sus vecinos, sin previa consulta y conformidad de este Exmo. Cabildo. Lo décimo: que los referidos Señores despachen sin pérdida de tiempo órdenes circulares á los Jefes de lo interior, y demás á quienes corresponda, encargándoles muy estrechamente, y bajo de responsabilidad, hagan que los respectivos Cabildos de cada uno, convoquen por medio de esquelas la parte principal, y mas sana del vecindario, para que formando un Congreso de solos los que en aquella forma hubiesen sido llamados, elijan sus Representantes, y estos hayan de reunirse á la mayor brevedad en esta Capital, para establecer la forma de gobierno que se considere mas conveniente. Lo undécimo: que elegido así el Representante de cada ciudad, ó villa, tanto los electores, como los individuos capitulares le otorguen poder en pública forma, que deberán manifestar cuando concurran á esta Capital, á fin de que se verifique su constancia; jurando en dicho poder no reconocer otro soberano que al Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores, según el órden establecido por las leyes y estar subordinado al gobierno que legítimamente les represente. Cuyos capítulos mandan se guarden y cumplan precisa, y puntualmente, reservando á la prudencia y discreción de la misma Junta el que tome las medidas mas adecuadas, para que tenga debido efecto lo determinado en el artículo diez, como también el que designe el tratamiento, honores, y distinciones del Cuerpo, y sus individuos, y que para que llegue a noticia de todos, se publique esta acta por bando inmediatamente, fijándose en los lugares acostumbrados. Y lo firmaron de que doy fé. Juan José Lezica; Martín Gregorio Yaniz; Manuel Mancilla; Manuel José de Ocampo; Juan de Llano; Jaime Nadal y Guarda; Andrés Domínguez; Tomas Manuel de Anchorena; Santiago Gutiérrez; Dr. Julián Leiva; Licenciado D. Justo José Núñez, escribano público y de Cabildo.